Entra en vigor el nuevo valor límite de la sílice cristalina respirable (SCR) de 0,05 mg/m3

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Publicado el: 26/01/2022 |
Por: Montserrat Vega Castillo. Dirección Técnica I+D. Mutua Universal
Sílice

El pasado 1 de enero entró en vigor el valor límite de la sílice cristalina respirable (SCR) de 0,05 mg/m3 , que durante el 2021 y desde la publicación del Real Decreto 1154/2020 había pasado a ser de 0,1mg/m3.

Con anterioridad a la publicación de este real decreto, en España el valor límite ya era de 0,05mg/m3 pero no en todos los sectores de actividad, ya que en aquellas actividades en el ámbito de aplicación del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RGNBSM) el límite de la SCR era de 0,1mg/m3

El Real Decreto 1154/2020 es una modificación del Real Decreto 664/1997 sobre cancerígenos y mutágenos, y supuso para nuestra legislación la transposición de la Directiva (UE) 2017/2398, primera modificación de la directiva europea de agentes cancerígenos o mutágenos. Esta directiva incorpora como cancerígeno la exposición al polvo respirable de sílice cristalina generado en un proceso de trabajo en la relación del Anexo I y establece el valor límite de la SCR era de 0,1mg/m3 en el Anexo III.
En el proceso de transposición se consideró oportuno equiparar el valor límite para todos los sectores de actividad y establecer un año de moratoria para ayudar a las empresas del sector de minería a que pudieran adaptarse al nuevo valor límite más restrictivo. 

Así en julio de 2021 se publicó la Orden TED/723/2021, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) 02.0.02 “Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirable” del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, en el que se modificaba para todas las actividades mineras el valor límite ambiental para la sílice cristalina, estableciendo un vínculo con el Real Decreto 1154/2020, que modifica el anexo III para incluir como medida transitoria el valor límite para la SCR, que se mantendría en 0,1 mg/m3 hasta el 31 de diciembre de 2021 y que pasa a ser 0,05 mg/m3 a partir del 1 de enero de 2022. 

El cambio de consideración de agente químico a agente cancerígeno implica un incremento de las medidas de protección y control, tanto técnicas como administrativas, especialmente en aquellas actividades y sectores más expuestos como la construcción y minería, teniendo en cuenta que ésta última ve reducido el nivel permitido a la mitad. Cabe señalar que para un agente cancerígeno la normativa obliga a mantener los niveles de exposición tan bajos como sea técnicamente posible. Todo ello con el propósito de aumentar los niveles de protección de la salud de las personas trabajadoras, en este caso concreto, para evitar la silicosis y el cáncer de pulmón. 

Además, a este cambio en el valor límite de la SCR se suma el inicio de la campaña del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): “EVITEMOS HOY EL CÁNCER LABORAL DE MAÑANA", que se desarrollará entre el 24 de enero y el 13 de febrero de 2022. La campaña pretende sensibilizar y promover acciones de prevención frente a los agentes cancerígenos para evitar, como titula la campaña, los cánceres de mañana.