Autopreven-t: una herramienta de Prevención10 para los autónomos

Publicado el: 01/10/2013
Por: Montserrat Vega Castillo. Dirección Técnica I+D. Mutua Universal
Autónomos

Si no tiene trabajadores empleados a su cargo la  nueva herramienta Autopreven-t, de Prevencion10, le facilitará el asesoramiento técnico necesario para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones establecidos en la Ley de Prevención (Ley 31/1995).


Prevención10

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el INSHT (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo), con la colaboración de las Comunidades Autónomas, han elaborado un servicio gratuito de asesoramiento público en materia de prevención de riesgos laborales a las empresas de menos de 10 trabajadores, denominado "Prevención10.es".
En este portal el empresario encuentra "Evalua-t" la herramienta de autoevaluación de riesgos laborales específicos para aquellas actividades consideradas de menor riesgo por la ley de prevención de riesgos. En cuatro sencillos pasos el empresario se registra, evalúa sus riesgos con el apoyo de unos formularios, identifica las medidas de prevención que debe adoptar de una forma priorizada, las puede planificar y realizar su seguimiento.

Este servicio se ha visto ampliado este año con el asesoramiento a los trabajadores autónomos con la aplicación "Autopreven-t", sin trabajadores empleados a su cargo.


Autopreven-t

Esta nueva herramienta está destinada a facilitar al trabajador autónomo, el asesoramiento técnico necesario para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones establecidos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y promueve la formación específica en materia de prevención de riesgos laborales, adaptada a las peculiaridades de dichos trabajadores.  

La legislación de seguridad y salud en el trabajo se dirige al trabajo asalariado, imponiendo deberes y responsabilidades a quien tiene poderes de dirección y organización sobre la actividad de otras personas. Este esquema no es aplicable al trabajo autónomo, en el que no existe la figura que contrata y dirige la prestación de servicios típica del trabajo asalariado.

El trabajador autónomo es su propio empresario y es el más interesado en proteger su salud. No deja de ser una persona expuesta, al igual que el trabajador asalariado, a los riesgos que para su vida, su salud o su integridad física puedan surgir de su actividad laboral o profesional.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales sólo legisla sobre el trabajador autónomo en el artículo 24, dedicado a la Coordinación de actividades preventivas, y desarrollado por el Real Decreto 171/2004, donde se establecen derechos y obligaciones para los trabajadores autónomos cuando prestan servicios conjuntamente con otras empresas en un mismo centro de trabajo.


Utilidades de Autopreven-t

Teniendo en cuenta todos estos aspectos Autovepren-t proporciona tres tipos de información:


  • Información relativa a la PRL de su trabajo, en función de las tareas que realiza. Se dan medidas preventivas sobre determinados daños seleccionados, mediante formularios.
  • Información que el autónomo debe proporcionar a otras empresas, sobre los riesgos de su actividad, para la coordinación de actividades empresariales.
  • Información que ha de proporcionar al trabajador autónomo, la empresa que le contrate así como las empresas que concurran en el mismo centro de trabajo.

Autopreven-t dispone de formularios tipo para determinadas actividades de autónomos (pintor/a, peluquero/a, escayolista, carnicero/a, taxista, decorador, pescadero/a, bares, cantinas y tabernas, reparación de ordenadores a domicilio, limpieza de oficinas, tienda de animales domésticos…) que se serán ampliando en próximos meses.

El portal Prevencion10.es ofrece además un servicio de atención telefónica personalizada: STOP (teléfono 901 255 050) y una plataforma en línea t-formas para que el usuario puede adquirir los conocimientos necesarios para llevar a cabo las actividades preventivas la formación A los empresarios que han optado por asumir personalmente la actividad preventiva de su empresa y a los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo a los empresarios que han optado por asumir personalmente la actividad preventiva de su empresa y a los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo.

Portal Prevención10