Exposición a Radón: el riesgo ignorado

Publicado el: 05/02/2018
Por: Montserrat Vega Castillo. Dirección Técnica I+D. Mutua Universal
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Radón

El radón es un gas radiactivo de origen natural, clasificado por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) como cancerígeno en humanos. La OMS lo considera como la segunda causa de cáncer de pulmón tras el tabaco.

En España, las zonas con mayor riesgo de exposición a radón son las zonas de suelos graníticos como Galicia, un área importante de Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid, ciertas zonas de Castilla La-Mancha, parte de los Pirineos y la zona norte de Catalunya.  

Un estudio realizado por la Universidad de Santiago de Compostela, el Instituto de Radón de Galicia e ISTAS-CCOO, con el apoyo de una beca de la Fundación Prevent, en 250 empresas de Galicia, Madrid, Castilla-La Mancha y Castilla-León, muestra que el 27% de las mediciones realizadas supera la concentración de referencia establecida por la directiva europea para puestos de trabajo de 300 Bq/m3.

Estos resultados ponen de manifiesto que la exposición a concentraciones importantes de radón en el ámbito laboral es un problema muy relevante para los trabajadores en zonas de riesgo medio y alto de esas zonas.

 

A pesar de ello, el plazo de trasposición de la mencionada Directiva 2013/59/Euratom venció el pasado 6 de febrero, sin que sea recogida en nuestro ordenamiento jurídico.

Esta directiva obliga a los gobiernos a realizar mediciones en lugares de trabajo ubicados en áreas de riesgo y mitigar la concentración de radón en los que se registre un mínimo de 300 Bq/m3, y a elaborar un Plan Nacional de Radón. Los países miembros deben además introducir requisitos específicos en los códigos de edificación que eviten la entrada del radón en los inmuebles de nueva construcción y fomenten su reducción en las casas ya existentes. Si quieres saber cómo reducir la exposición a este gas, lee nuestro artículo en Trabajo Saludable, mayo 2017: "Radón, el gas que nos rodea en casa y en el trabajo"

Cabe señalar que el nivel de referencia europeo de 300 Bq/m3 puede considerarse insuficiente si tenemos en cuenta que en Estados Unidos es de 148 Bq/m3 y que la Organización Mundial de la Salud fija en 100 Bq/m3como la frontera del peligro.  

A pesar de ello, la legislación vigente en España sigue siendo el Real Decreto 783/2001 que aprueba el Reglamento de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes, y que establece un límite de 600 Bq/m3.  Este RD obliga a los empresarios a declarar, ante la autoridad de industria de su comunidad autónoma, la existencia de fuentes de radiación naturales en sus empresas y a realizar los estudios necesarios para determinar el grado de exposición de trabajadores y público en general.

La realidad es que este riesgo de procedencia natural, a pesar de las obligaciones, no se identifica como un riesgo en los puestos de trabajo y no queda recogido en la evaluación de riesgos, sin ser exigido tampoco su cumplimiento por parte de la autoridad competente.