LA OIT elabora una guía sobre riesgos biológicos en el entorno laboral

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Publicado el: 21/07/2022 |
Por: Mª Isabel Maya Rubio. Prevención de Riesgos Laborales. Mutua Universal. Representante empresarial en el Advisory Committee for Occupational Safety and Health (ACSH) de la Comisión Europea y en el Working Party “Chemicals"

Antecedentes

En septiembre de 2017, Grupo de Trabajo tripartito del Mecanismo de Examen de las Normas (MEN) de la OIT revisó 19 instrumentos relacionados con las seguridad y salud en el trabajo. A raíz de sus recomendaciones, el Consejo de Administración de la OIT decidió que se elaborase, entre otras, una guía técnica sobre riesgos biológicos en el lugar de trabajo.

Como consecuencia, se convocó un grupo de expertos de gobiernos, organizaciones empresariales y organizaciones de trabajadores, con el objetivo de debatir y consensuar un documento que aporte directrices técnicas aplicables internacionalmente.

Las guías son documentos cuyo objetivo es orientar, pero no se ratifican ni son de obligado cumplimiento.

Noticia de la OIT: https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_849730/lang--es/index.htm


La visión global de los peligros relacionados con agentes biológicos que pueden afectar al entorno laboral

La contaminación por agentes biológicos puede proceder de diferentes orígenes, algunos externos y otros internos a la organización. No todos los agentes biológicos tienen origen en el entorno laboral, pero sí que es posible que todos afecten al mismo.

Por otra parte, en el mundo hay diferentes realidades, no se producen las mismas situaciones en los países desarrollados que en los países en desarrollo y tampoco las condiciones de trabajo son homogéneas en el planeta.

La guía pretende cubrir las situaciones de origen laboral y no laboral que afecten al entorno de trabajo, mediante recomendaciones técnicas aplicables a cualquier actividad en cualquier Estado. En consecuencia, aborda tres tipos de situaciones:

  • Condiciones sanitarias. Aspectos como la potabilidad del agua de bebida que se suministra en las instalaciones de la empresa, o la limpieza y desinfección de las mismas, son aspectos básicos que pueden ser la causa de infecciones en determinadas situaciones.

  • Condiciones derivadas de brotes, epidemias o pandemias. Son situaciones que se producen fuera de la organización, pero que obviamente la afectan y han de ser tenidas en cuenta. En estos casos, son las autoridades de salud pública quienes establecen los planes y medidas a aplicar. A nivel de las empresas, lo adecuado es preverlo entre las situaciones de emergencia que pueden afectar a la organización y establecer las medidas de prevención y protección necesarias.

  • Peligro biológico procedente de la propia actividad. Se trata de las situaciones que tienen su origen en la actividad que se lleva a cabo en la empresa u organización, como la infección por tétanos en una actividad de reciclaje de residuos o la infección por el virus de la hepatitis C en un hospital que trata enfermos hepáticos. Estas situaciones se analizan dentro de la evaluación de riesgos de la organización para identificar los peligros y establecer las medidas de prevención, de acuerdo con los criterios definidos en la jerarquía de control.

Diagrama OIT

En su primer capítulo, la guía describe las responsabilidades, derechos y deberes de las partes implicadas: los gobiernos, los empresarios y los trabajadores junto con sus representantes. Cada uno de los actores tiene un papel que desempeñar y se requiere la colaboración de los tres para conseguir los mejores resultados posibles tanto en el puesto de trabajo como a nivel de la sociedad.

En los capítulos 2 a 4, se detalla el proceso de gestión de riesgos, siguiendo el orden y contenidos habituales, tal y como se observa en la ilustración.

Cuando, a pesar de las medidas aplicadas, se producen casos, se hace necesario investigar las causas y disponer de registros a nivel nacional. Los capítulos 5 y 6 desarrollan estos dos aspectos.

Para tratar las situaciones que trascienden a la organización o que se producen de forma inesperada y pueden tener consecuencias relevantes, el capítulo 7 aporta criterios respecto a la preparación frente a emergencias, haciendo especial hincapié en las situaciones de brotes o epidemias/pandemias.

El capítulo 8 se centra en el marco legal aplicable en cada Estado y en la necesidad de asegurar su cumplimiento mediante acciones de inspección.


La OIT y la prevención de riesgos laborales

Convenios OIT

La Organización Internacional del Trabajo es una agencia tripartita de la ONU, que reúne a Gobiernos, Empleadores y Trabajadores de los Estados Miembros, con sede en Ginebra. Desde su creación en 1919, la OIT ha trabajado para mejorar las condiciones de los trabajadores en todo el mundo.

En materia de prevención de riesgos laborales, la OIT ha elaborado diferentes instrumentos fundamentalmente Convenios, Recomendaciones y también guías y directrices varias. Los instrumentos normativos más relevantes al respecto se pueden ver en el cuadro adjunto.

La lista actualizada de instrumentos normativos puede consultarse aquí:

https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12020:0::NO:::

 


El derecho a un entorno laboral seguro y saludable como principio fundamental

La Organización Internacional del Trabajo, durante su sesión de la 110 Conferencia Internacional del Trabajo de 2022, ha adoptado una resolución para añadir el principio de un entorno de trabajo seguro y saludable a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la OIT.

En consecuencia, la OIT declaró que la  el Convenio 155, sobre seguridad y alud de los trabajadores , así como  el Convenio 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo deben ser considerados convenios fundamentales tal y como se entienden en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de 1998.