Aprobada la norma ISO 45001:2018 "Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el Trabajo"

Publicado el: 05/02/2018
Por: Rafa Vañó. Dirección I+D. Mutua Universal
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Norma ISO 450001
Fuente: web ISO

Después de muchas vicisitudes, y algunos años de retraso, el pasado mes de enero se aprobó el borrador final (FDIS1) de la norma ISO 45001, que supone la incorporación de la SST2 al sistema de normas de gestión de la ISO.

El principal escollo al que se ha tenido que enfrentar la norma surgió con el planteamiento de la duda de si las normas no obligatorias deberían o no abordar cuestiones reguladas mejor a través de la legislación. Este asunto fue planteado en abril de 2016 por la CES3 que tenía el apoyo de la CSI4. En esas fechas parecía que la norma iba a ser aprobada ya definitivamente, pero la presentación ante ISO de la resolución del Comité Ejecutivo de la CES, provocó la paralización del proceso ante la disyuntiva de elaborar un nuevo borrador o retirar el proyecto definitivamente.


Quizás habría que recordar que este tipo de objeciones ante las normas de gestión y, concretamente, ante las relacionadas con la SST, no es nuevo ni mucho menos y se planteó por primera vez, precisamente, en España.


Antecedentes

A finales de los noventa del siglo pasado AENOR publicó una serie de normas experimentales, las UNE 81900-Ex, con la finalidad de crear una tendencia de opinión favorable a la creación de normas de gestión de la SST. Existía ya la OHSAS 18001, aunque poco conocida todavía, y se quería disponer de una UNE similar, incluso de una norma EN5, antes de plantear el asunto ante la ISO con el argumento de que se hacía necesaria una norma internacional dada la proliferación de normas “regionales”.

Pero esta pretensión de AENOR se vio frenada en la reunión de su comité CTN-816, sobre el año 2000, donde la CEOE, en esta ocasión, se opuso a que las normas experimentales sobre SST siguieran adelante y solicitó que fueran retiradas, aduciendo los motivos que quince años después ha planteado la CES ante la ISO. Después de las discusiones correspondientes, tanto sindicatos como el INSHT7 se adhirieron a la propuesta de retirada de la CEOE.

Bueno, pues ahora, después de casi veinte años de idas y venidas, la norma ISO de SST ya es una realidad y se publicará, según lo previsto, en marzo de 2018 como ISO 45001.


¿Qué novedades aporta la norma?

Realmente casi ninguna respecto a OSHAS 18001. Como se recordará, esta norma ya sufrió una reestructuración en 2007 para adecuarla a los formatos de las normas ISO de gestión, por lo que las empresas que la han implantado llevan ya unos años funcionando con un sistema similar al de ISO.

La única ventaja real se refiere a los procesos de certificación. De ahora en adelante, las empresas certificadoras podrán certificar los diferentes sistemas de gestión (calidad, medio ambiente, seguridad y salud…) de forma integrada, lo cual deberá suponer más facilidad en las auditorías y menor coste de certificación para las empresas.

Se ha establecido un periodo de tres años para que las empresas que tienen ya la certificación OHSAS 18001 la transformen en ISO 45001 siguiendo el proceso habitual de auditorías de mantenimiento y de renovación que se aplicaban a OHSAS 18001.

Después de esos tres años de transitoriedad OHSAS 18001 desaparecerá definitivamente junto con OHSAS 18002, que no era más que una guía para la implantación de la primera.

En la ISO 45001 la guía de implantación aparece en los anexos de la norma.

Hay que recalcar, aunque sea sobradamente sabido, que esta es una norma de implantación voluntaria. Lo que sí es cierto es que la empresa que disponga de la certificación en ISO 45001 tendrá garantías suficientes para saber que cumple los requisitos legales en materia de SST.

También conviene dejar claro que las auditorías de ISO 45001 no podrán sustituir en ningún caso a las auditorías reglamentarias que la legislación española sobre SST impone a aquellas empresas que gestionan la prevención de riesgos laborales con medios propios. Esto tiene que hacer pensar a las empresas hasta qué punto les interesa o no certificarse en esta nueva norma.

Quienes sí deberían implantarla de forma indubitada son aquellas empresas que se mueven en mercados internacionales, más allá de la Unión Europea. Ahí es donde, al no existir una reglamentación común, se hace necesaria la certificación basada en una norma internacional reconocida por todo el mundo y que avale el cumplimiento de las legislaciones particulares de cada zona, como es el caso de la ISO 45001.

 


Notas:

1 FDIS: Borrador final de la norma.
2 SST: Seguridad y Salud en el Trabajo
3CES: Confederación Europea de Sindicatos
4 CSI: Confederación Sindical Internacional
5 Norma EN: Norma Europea
6 CTN-81: Comité 81 de AENOR que aborda los temas de SST
7 INSHT: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo