Ayudas para el autónomo en caso de baja laboral
Los autónomos tienen que hacer frente a muchos problemas, ligados al hecho que no cuentan con una estructura financiera o empresarial suficientemente sólida. Porque están al frente de un negocio en sus inicios que no cuenta aún con los recursos suficientes o porque lideran un proyecto sin el necesario apoyo humano, en todos los casos el autónomo tiene que dar respuesta a multitud de retos que dificultan la toma de decisiones y afectan a su vida personal.
Tal como decía Peter Drucker, “El propósito de un negocio es crear y mantener un cliente”. Y ésta es una de las preocupaciones más importantes de los autónomos: no perder a los clientes que, con tanto esfuerzo y riesgo, han conseguido atraer para su negocio.
Por esta razón, los autónomos suelen reducir al máximo sus vacaciones, trabajan durante ellas e incluso, en muchos casos, no cogen la baja sabiendo que están enfermos. Todo ello, porque su máxima preocupación es atender un negocio que sólo depende de él, que tiene que cuidar con un servicio diferenciado de la competencia y satisfaciendo a clientes cada vez más exigentes y menos fieles.
El 80% de los autónomos asegura haber trabajado enfermo y más de un 67% afirma reducir a menos de 22 días al año sus vacaciones.
Por otro lado, el 84% de los autónomos asegura que su máxima preocupación es la pérdida de clientes.
Por esta razón, uno de los problemas más importantes al que tienen que hacer frente los autónomos es una baja laboral. Para un asalariado, la baja laboral es un periodo de su vida en el que tiene que dedicar todos sus esfuerzos a recuperarse y volver a su vida normal. En cambio, para un autónomo la baja laboral es un quebradero de cabeza. ¿Quién atiende el negocio?, ¿quién responderá a mis clientes?,¿voy a perder todo lo conseguido con tanto esfuerzo?
La baja laboral es un periodo de gran preocupación. No obstante, existen en el mercado coberturas que pueden ayudar al autónomo a superar esta situación.
La baja laboral de los autónomos
Al igual que el trabajador asalariado, el autónomo tiene derecho a la baja laboral, situación en la que se encuentra cuando, debido a una enfermedad o un accidente laboral, no puede desarrollar el ejercicio de su actividad.
Durante la baja laboral, el autónomo recibe de la Mutua Colaboradora de la Seguridad Social, una prestación económica mensual equivalente al 75% de la base de cotización que haya elegido, lo que técnicamente se conoce como Prestación por Incapacidad Temporal por Contingencia Profesional.
Por ejemplo, si el autónomo he elegido la base mínima de cotización, 919,8 euros mensuales en el año 2018, como así lo hacen más del 85% de autónomos en España, la prestación económica que va a recibir durante la baja es de 689,9 euros al mes. Esta prestación aumenta si el autónomo escoge una base de cotización superior a la mínima.
Pero, en caso de accidente o enfermedad profesionales, ¿todos los autónomos pueden acceder a los beneficios ligados a la baja laboral?
Desgraciadamente no. Sólo los que hayan contratado la Contingencia Profesional con una Mutua de Accidentes de Trabajo.
Es una cobertura voluntaria que, aunque tiene un coste reducido, ofrece muchas prestaciones tanto asistenciales como económicas. No obstante, sólo una proporción muy reducida de autónomos contrata la Contingencia Profesional, estando sólo protegido por la cobertura obligatoria de Contingencia Común, que sólo da respuesta en caso de accidente o enfermedad no laborales.
El coste de la Contingencia Profesional depende del CNAE al que se haya dado de alta el autónomo. Considerando el tipo más común, si el autónomo cotiza por la base mínima de cotización, el coste adicional mensual para tener derecho a esta cobertura es de sólo 22 euros mensuales, pasando de pagar 275 euros mensuales por la cobertura obligatoria a 297 euros por la obligatoria más la voluntaria.
Para mejorar la Contingencia Profesional, sin incrementar su coste, Mutua Universal siempre ha invertido en el desarrollo de nuevas prestaciones, para hacerla más atractiva para el autónomo. Uno de los esfuerzos más beneficiosos para el autónomo es la línea de ayudas para proteger el autónomo durante la baja laboral.
Ayudas económicas para afrontar los retos de una baja laboral
En el 2018, se han puesto en marcha una serie de ayudas, gestionadas por la Comisión de Prestaciones Especiales y que se conceden previo estudio del equipo de Trabajo Social de la propia Mutua, tienen como objetivo:
- Evitar el cierre del negocio
- Evitar la pérdida de ingresos económicos en el núcleo familiar del autónomo
- Evitar la pérdida de clientes en el negocio
- Fomentar la contratación
Ayuda Especial para evitar el cierre del negocio
Es una ayuda económica para la contratación de un trabajador o para la ampliación del horario de un trabajador ya contratado, para evitar el cierre del negocio durante el periodo de incapacidad temporal por accidente laboral o enfermedad profesional.
Los requisitos para acceder a la ayuda son mínimos:
- Encontrarse en situación de baja laboral
- Haber tramitado la solicitud de la prestación de incapacidad temporal
- Presentar TA 521 alta de autónomo o el contrato de régimen general de la persona contratada.
La cuantía de la ayuda se calcula siguiendo los siguientes criterios:
- Ayuda mensual en función del importe de la contratación
- Valoración de la situación familiar
El importe máximo de la ayuda es:
- Contratación de un trabajador autónomo: 919,80 €/mes durante un máximo de 12 meses
- Contratación de un trabajador en el régimen general: el importe será el establecido como salario mínimo para el sector en el que se produzca la contratación, durante un máximo de 12 meses.
Ayuda económica para la adaptación del negocio a las necesidades físicas que presente el trabajador en caso de incapacidad permanente Parcial
Requisitos para acceder a la ayuda:
- Tener lesiones permanentes que hagan necesario la adaptación de su puesto de trabajo
- Valoración por parte de la trabajadora social de la situación de necesidad del trabajador
La cuantía de la ayuda es función del presupuesto presentado.
Ayuda económica para que el trabajador en situación de Incapacidad Permanente Total pueda realizar inversiones en inmovilizado a los efectos para iniciar un negocio por cuenta propia.
Requisitos para acceder a la ayuda:
- Encontrarse en situación de incapacidad Permanente Total
- Valoración por parte de la trabajadora social
Cuantía de la ayuda es el resultado de la valoración individualizada y del presupuesto presentado
Ayuda económica para trabajadores, que cotizan por la cuota mínima, en situación de Incapacidad Temporal, que no puedan afrontar el pago de la cuota de autónomos durante el segundo año
Requisitos para acceder a la ayuda:
- Encontrarse en situación de incapacidad temporal por accidente laboral o enfermedad profesional
- Ser beneficiario de la tarifa plana o enfermedad profesional
- Encontrarse en situación de incapacidad temporal por accidente laboral o enfermedad profesional
- Haber tramitado la solicitud de la prestación de incapacidad temporal (pago directo)
- Valoración por parte de la trabajadora social
Cuantía de la ayuda es la diferencia entre el pago de la cuota correspondiente al 2º año y el importe de la tarifa plana del primer año.