Prevención de riesgos en trabajadores desplazados

Publicado el: 28/04/2022
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Trabajadores desplazados

La globalización de los mercados empuja cada vez más a las empresas a abordar proyectos en otros países. Ello implica muy a menudo desplazar trabajadores propios fuera del país de origen para realizar obras y servicios o a delegaciones o filiales en otros países. Esta nueva situación plantea múltiples interrogantes en todos los ámbitos de la gestión empresarial, incluida la prevención de riesgos laborales.

La movilidad internacional implica para el trabajador un riesgo de exposición a determinados factores asociados a las condiciones propias del país de destino: situaciones de inestabilidad política o social, enfermedades endémicas o incluso fenómenos naturales extremos. Estos escenarios diferentes a los de nuestro país deben ser recogidos y valorados por el empresario en el documento de evaluación de riesgos.

Antes de desplazar empleados fuera de España, es preciso tener en cuenta determinados aspectos, como las obligaciones legales en materia de legislación aplicable, sistema de Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, vigilancia de la salud y aspectos relacionados.


Legislación

La legislación que regula los desplazamientos varía dependiendo de cuál sea el país de destino. Es por lo que es necesario realizar un análisis de la legislación en materia de prevención de riesgos laborales en dicho país para determinar la existencia de requisitos complementarios a los españoles.

La casuística en los contratos de trabajadores es muy variada. Hay países que no permiten la contratación de trabajadores a través de una empresa española y sólo pueden contratar trabajadores las empresas constituidas en ese país, lo que obliga a operar con una filial. Este aspecto es importante ya que la filial en el país de destino, con personalidad jurídica propia y con posibilidad de contratar, haría que a los trabajadores contratados se les aplicase el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del país de destino. El punto clave a tener en cuenta será si se aplica la legislación del país de origen o de destino.

En cuanto a la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no contempla los casos de internacionalización, por lo que se aplicará la normativa del país de destino sin excluir la española y sin olvidar los criterios preventivos del cliente. La legislación aplicable a empresas y trabajadores desplazados por empresas establecidas en España será diferente si el desplazamiento se efectúa a un país de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo (los países de la UE, más Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), o si se realizar fuera de estos.


Qué sistema de seguridad social elegir. Certificado de desplazamiento

Como norma general, el trabajador debe estar dado de alta y cotizar en el país donde se prestan los servicios. El empresario puede decidir si quiere que el trabajador siga siendo beneficiario de la cobertura de la Seguridad Social española o si cotizará en la cobertura social del país de destino. En el primer caso se tratará de un trabajador desplazado, con una duración máxima de dos años prorrogable, y en el segundo caso tendrá la consideración de trabajador expatriado.

Para mantener la cobertura de la Seguridad Social, el empresario debe solicitar el Mantenimiento de la Legislación Española de la Seguridad Social, denominado Certificado de Desplazamiento, en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o administraciones de la misma. Los trámites se deben realizar antes del desplazamiento del trabajador y varían en función del país de destino.


A qué riesgos se expone el trabajador desplazado

Aunque la actividad desarrollada por el trabajador ya esté evaluada como se realiza en España, se debe reevaluar teniendo en cuenta las condiciones del país de destino.

El documento de evaluación de riesgos debe contemplar el puesto de trabajo del trabajador desplazado en las condiciones en que se realiza en el país de destino. Se debe considerar los aspectos propios del país que pueden incidir en la seguridad y salud del trabajador en el puesto de trabajo desplazado.

Algunos de los riesgos que se deben considerar para realizar una completa identificación de los riesgos asociados al puesto de trabajo son:

  • Riesgo biológico
  • Riesgo de accidentes de tráfico
  • Riesgo de agresión

Riesgo biológico. Vacunaciones

El riesgo de exposición a agentes biológicos durante los desplazamientos a otros países, puede suponer el contagio de enfermedades erradicadas en nuestro país, pero endémicas en los países de destino. Como la exposición se produce por motivos laborales, debe ser considerada como un riesgo a evaluar y gestionar. La vacunación es la estrategia más efectiva y eficiente de prevención primaria de los trabajadores que se desplacen a países en los que exista el riesgo de contraer alguna enfermedad, siempre que se disponga de ella.

La información oficial y actualizada sobre las vacunas obligatorias y recomendadas para el país de destino puede encontrarse en la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y en la web de Mutua Universal.

Seguridad vial. Accidentes de tráfico

El riesgo de accidentes de tráfico es otro de los riesgos que pueden verse agravado en función del país de destino. Influirá la calidad de la red de carreteras en el país y vehículos, así como las costumbres locales en la práctica de la conducción. Se debe valorar si el trabajador debe conducir o utilizará trasporte privado para realizar los desplazamientos. Si el trabajador tiene que conducir se debe comprobar previamente la validez del permiso de conducir español en el país de destino y recibir recomendaciones y formación adecuadas para hacerlo, dependiendo del nivel de riesgo detectado.

Seguridad en el país de destino

Las situaciones de violencia en el país de destino pueden no ser un riesgo asociado directamente al trabajo, pero puede afectar al nuevo entorno en el que debe desenvolverse la actividad del trabajador. La evaluación de riesgos debe identificar y valorar el riesgo de agresión y en función del resultado, la empresa debería poner los medios a su alcance para tratar de minimizarlo. Una recomendación es elaborar protocolos de seguridad con recomendaciones a tener en cuenta en los desplazamientos a estos países.

Trabajadores desplazados

En el siguiente enlace puedes descargar una guía con la compilación y ampliación de los diferentes aspectos generales sobre la prevención de riesgos laborales de los trabajadores desplazados que hemos comentado anteriormente.


Para saber más

Antes de desplazar a un trabajador a otro país debemos tener en cuenta también los siguientes aspectos:

  • Preparación y gestiones administrativas previas a desplazar a trabajadores/as
    En todos los casos se deberá rellenar el formulario TA300, aunque dependiendo de país de destino, puede ser necesario entregar algún otro formulario adicional. 

  • Aplicación de precauciones sanitarias para proteger la salud de los trabajadores/as desplazados fuera de España
    En nuestro compendio Viajero Universal podrás informarte sobre las precauciones sanitarias que deben aplicar los trabajadores que se desplazan al extranjero, en función de los riesgos y condiciones que puedan encontrarse en otros países y responder a las preguntas sobre qué precauciones sanitarias deben aplicar los trabajadores desplazados y sobre cuáles son los principales brotes de enfermedades infecciosas.

  • ¿Qué hacer en caso de accidente?
    En caso de accidente fuera de España, ponemos a tu disposición la Línea Universal 900 203 203. Desde el extranjero 00 34 93 412 33 67. 


Para ampliar esta información te invitamos a:

Visitar nuestra web pública, donde encontrarás una serie de recursos y documentos que te ayudarán a gestionar el desplazamiento de tus trabajadores a otro país y ampliar información sobre la forma más efectiva de prevenir los riesgos a los que puedan estar expuestosss estas personas trabajadoras.