Actualización de la guía del INSHT de Lugares de Trabajo

Publicado el: 01/04/2016
Por: Olga Guardiola. Técnico Productos Prevención. Mutua Universal
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Esta Guía tiene por objeto facilitar la aplicación del Real Decreto 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Introducción

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Recientemente el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene (INSHT) presentó la actualización de la Guía Técnica de Real Decreto 486/1997 de Lugares de Trabajo

Esta Guía, que es la más descargada y consultada de la web del INSHT,  tiene por objeto facilitar la aplicación del Real Decreto 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, que traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 89/654/CEE de 30 de noviembre. 

Tras la publicación de la primera versión de la Guía Técnica se han producido diversos cambios normativos, entre los que cabe destacar los producidos por el Real Decreto 2177/2004, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura; el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006,y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007.
Todo ello ha motivado la publicación de esta nueva versión. Se ha aprovechado para incluir todas las aclaraciones técnicas que el personal técnico del INSHT  ha ido solventando a las empresas.


Novedades

Se han publicado ‘Apéndices’ sobre:

  • Apéndice 1: Trabajos en espacios confinados
  • Apéndice 2: Planes de autoproteción, planes de emergencia y medidas de emergencia y lucha contra incendios
  • Apéndice 3: Instalaciones de servicio y protección
  • Apéndice 4: Ambiente térmico
  • Apéndice 5: Calidad del aire interior. Ventilación de los lugares de trabajo
  • Apéndice 6: Niveles de iluminación en lugares de trabajo en interiores

Se han ampliado el contenido y las aclaraciones de los anexos:

  • Anexo I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo
  • Anexo II. Orden, limpieza y mantenimiento
  • Anexo III. Condiciones ambientales de los lugares de trabajo
  • Anexo IV. Iluminación de los lugares de trabajo.
  • Anexo V. Servicios higiénicos y locales de descanso
  • Anexo VI. Material y locales de primeros auxilios.

Otros aspectos a destacar: 

  • En el Anexo 1-A: se suprime el apartado de "Escaleras de Mano". Se remite al Real Decreto 2177/2004 sobre los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura. 
  • En el Artículo 1. Objeto: para algunos sectores como el del Transporte, se aclara si el Real Decreto 486/1997 es de aplicación, como sería el caso de las  Bibliotecas Móviles, que sí les afecta dicho Real Decreto. 
  • En el Artículo 2. Definiciones: se añade la aplicación del Real Decreto 486/1997 para que se considere "lugar de trabajo" todo aquel que pertenezcan a un centro de trabajo y en el cual existan trabajadores.
  • En el Anexo I-A. 13: Minusválidos. Se ha sustituido el término ‘Minusválido’ por ‘Persona con discapacidad’.
  • En el Anexo III: Condiciones Ambientales de los Lugares de Trabajo. Se comenta que este RD será de aplicación de igual modo a los ‘Locales de descanso’, los ‘Locales para el personal de guardia’, los ‘Locales para servicios higiénicos, los ‘Comedores’ y los ‘Locales de Primeros Auxilios’.