Nuevo Real Decreto sobre amianto
El viernes 23 de octubre se publicó en el BOE el real decreto, que transpone a nuestra legislaciób la modificación de la Directiva de amianto 2023/2668:
- Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
Se ha aprovechado la transposición de la directiva para introducir cambios más profundos en la normativa sobre la protección de trabajadores frente al amianto y derogar el RD 396/2006.
La nueva normativa recoge el objetivo de conseguir la eliminación en la Unión Europea del amianto y es más exigente en la protección de las personas: valor límite ambiental menor, métodos de medición más sensibles, mayor control documental y técnico de las empresas inscritas en el RERA, planes de trabajo y la exigencia de comunicación de inicio de los trabajos.
Entre los cambios aportados por el RD 847/2026, destacados:
- Se rebaja a la décima parte el valor límite, pasa de 0,1 fibras/cm3 a 0,01 fibras/cm3 promedio a las 8 horas.
- Transición hacia métodos de medición de microscopía electrónica, técnicas más sensibles para la identificación y recuento de las fibras de diámetro inferior a 0,2 micrómetros (finales del 2029).
- Se actualiza la regulación de los planes de trabajo, tanto en contenido como el procedimiento para su aprobación.
- Será obligatorio comunicar el inicio de los trabajos a la autoridad laboral correspondiente con una antelación mínima de siete días hábiles.
- Se deberán realizar ensayos cuantitativos de ajuste facial en aquellos equipos de protección respiratoria para comprobar su eficacia.
- El tiempo de higiene personal disponible dentro de la jornada laboral, será de al menos diez minutos antes de cada comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo para su aseo personal.
- Se refuerza la formación teórica y práctica de las personas trabajadoras.
- Se incluye el cáncer de ovario dentro de la ampliación de patologías causadas por las fibras de amianto, teniendo en cuenta la visión de género.
La entrada en vigor fue el día siguiente a su publicación, salvo aquellas actuaciones que tienen establecidas plazos concretos.
Las empresas afectadas junto con sus servicios de prevención deben implementar las nuevas exigencias en aras de una mayor protección de su personal.
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